Un análisis detallado del cumplimiento de las obligaciones en materia de Transparencia por parte de los partidos políticos de ámbito estatal y vasco, revela una conclusión preocupante: la Transparencia no sólo no se ha consolidado como un pilar central de su actividad sino que, en la mayoría de casos, se limita a una fachada formal, sin una aplicación efectiva ni compromiso verdadero con la rendición de cuentas.
Basándonos en una rigurosa evaluación conforme a la metodología del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, nuestro análisis concluye que, si bien la mayoría de las formaciones cumple con la publicación de información básica y de bajo riesgo, existe un fracaso sistémico y deliberado en las áreas de mayor sensibilidad para la rendición de cuentas.
El hallazgo más alarmante es la opacidad total en la información económico-financiera. Ningún partido publica datos sobre los contratos y convenios suscritos con instituciones públicas o las retribuciones de sus altos cargos. Esta ocultación en áreas críticas de riesgo de corrupción socava la confianza pública y contraviene el espíritu y la letra de la ley.
Si bien la mayoría de las formaciones políticas cumple con la publicación de información básica y de bajo riesgo (estatutos, normativa aplicable, estructura y organización, etc), existe un fracaso sistémico y deliberado en las áreas de mayor sensibilidad para la rendición de cuentas
¿Qué aspectos hemos evaluado?
Antes de ver la historia que nos cuentan los datos sobre el grado de cumplimiento completo en materia de Transparencia, unos breves apuntes sobre qué aspectos hemos tenido en cuenta en la evaluación (al final del artículo está explicada con más detalle la metodología seguida).
1. Portal de Transparencia
En este apartado hemos evaluado qué relevancia dan los Partidos Políticos a la Transparencia, más allá del discurso político ¿hay reflejo de ese compromiso en hechos concretos? ¿Cuentan con un Portal de Transparencia? ¿Es claramente visible en el menú o en una sección destacada de la web del partido o, por el contrario, el enlace se ubica al pie de página, en letra pequeña, junto con el Aviso Legal y la Política de Privacidad?
El grado de cumplimiento de este apartado nos lo dará el Índice de Cumplimiento del Portal de Transparencia (ICPWS).
2. Publicidad Activa
Es decir, aquella información que los Partidos Políticos deben publicar en base a las obligaciones que establecen tanto la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como la Ley Orgánica 6/2022 de Partidos Políticos.
Esas obligaciones las hemos agrupado en tres apartados, obteniendo un grado de cumplimiento para cada uno de ellos:
- Normativa
- Estructura Organizativa
- Información Económica-Financiera, Presupuestaria y Estadística.
El grado de cumplimiento de este apartado nos lo dará el Índice de Cumplimiento de Información Obligatoria (ICIO).
3. Canal de Denuncias o Canal Ético
En este apartado, hemos valorado el grado de cumplimiento de la Ley 2/2023 reguladora de la Protección de las Personas que informen sobre Infracciones Normativas y de Lucba contra la Corrupción. Concretamente, el cumplimiento del Canal de Denuncias o Canal Ético, canal obligatorio para este tipo de entidades y la existencia de un protocolo de protección a los denunciantes.
El grado de cumplimiento de este apartado nos lo dará el Índice de Cumplimiento del Canal de Denuncias (ICSII)
El grado de cumplimiento global lo conformará la combinación de todos los índices anteriores.
¿Son los Partidos Políticos Transparentes?
Llegados a este punto, es inexorable hacerse la siguiente pregunta ¿cumplen los Partidos Políticos con la Transparencia que tanto promulgan? Veámos la historia que nos cuenta los datos.
Grado de Cumplimiento Global
A primera vista, tal y como muestra la imagen, las calificaciones finales sugieren un panorama mixto. Cuatro partidos obtienen una calificación de «Cumplimiento Medio» (EAJ-PNV, EH Bildu, PSOE, VOX), cinco de «Cumplimiento Bajo» (Izquierda Unida, Podemos, PP, SORTU, SUMAR) y dos de «Muy Bajo» (Alternatiba, Eusko Alkartasuna). Para una visión más precisa, veamos el análisis por cada uno de los aspectos tenidos en cuenta en la evaluación.
Pero ¡cuidado! Las calificaciones pueden llevar a engaño.
Un análisis más profundo nos va a revelar que estas «etiquetas» pueden resultar engañosas. De hecho, en los apartados siguientes, podremos constatar cómo un partido puede obtener una calificación de «Cumplimiento Medio» a pesar de incumplir con la publicación de gran parte de los contenidos de carácter económico-financiero y presupuestario como son las subvenciones concedidas o los contratos y convenios suscritos con instituciones públicas.
Analizando los Portales de Transparencia.
Comenzamos evaluando cual es la apuesta real por la Transparencia de los partidos políticos. ¿Disponen de un apartado destacado de Transparencia? ¿Muestran la información de forma estructurada y resulta fácil encontrarla?
Como nos muestra el gráfico, en general, hay un aprobado general. Todos los partidos políticos disponen de un enlace al apartado de Transparencia, bien en el menú principal o bien mediante una sección destacada, de su página web. Si bien la mayor parte de ellos, tienen la información organizada, en muchos casos es un verdadero galimatías para la ciudadanía localizar bajo qué epígrafe se encuentra la información que se busca.
Mencionar el suspenso de Eusko Alkartasuna que, a fecha de la evaluación, tenía un enlace habilitado en el pie de la página con un tamaño de letra mínimo y que, por eso, se ha llevado la peor puntuación. Una acción tan simple como destacarlo y organizar la información publicada le llevaría a aprobar en este aspecto.
No es oro todo lo que reluce
En el siguiente gráfico, se recogen la valoración de la publicación de información obligatoria por Ley.
Aparentemente, vemos que un partido destaca, aunque la nota obtenida tampoco sea para echar cohetes, el PSOE, con un 60% de cumplimiento y tres partidos que aprueban in extremis, EAJ-PNV, Partido Popular y Sumar.
Sin embargo, una vez más, las calificaciones nos pueden llevar a engaño. De hecho, un análisis más profundo nos revela lo que los partidos políticos esconden.
Recordemos que el ICIO se calcula en base a la evaluación de tres apartados: Normativa, Estructura Organizativa e Información Económico-Financiera, Presupuestaria y Estadística. Veamos el grado de cumplimiento en cada uno de estos apartados.
Como podemos observar, en general, los partidos políticos aprueban con nota en lo que a Transparencia Normativa se refiere. Publicar referencias a leyes de aplicación, estatutos, reglamentos o códigos éticos es sencillo y no les expone.
La opacidad se impone en el apartado Económico-Financiero. Difundir los presupuestos, los ingresos y gastos, contratos o donaciones exige más trabajo e implica asumir riesgos.
Mayor exposición y riesgo reputacional: mostrar cifras concretas puede destapar irregularidades o prácticas cuestionables.
Falta de estandarización: no hay un formato unificado que facilite la publicación.
Resistencia interna: compartir datos financieros completos implica perder control sobre el relato y abrir la puerta a críticas o investigaciones.
Actualización constante: a diferencia de la normativa, los datos financieros cambian y requieren trabajo extra para mantenerlos al día.
El resultado: cumplimiento casi pleno en el papel, pero un suspenso generalizado cuando se trata de mostrar las cuentas.
Ningún partido político publica de forma detallada las retribuciones de sus cargos internos y electos. Aunque la Ley de Transparencia obliga a informar sobre sueldos, complementos y dietas, esta información sigue siendo opaca. Por lo general, la ciudadanía puede conocer «quien es quien» dentro del partido, pero no cuánto cobra.
La proliferación de los Datos «Zombi»
En los portales de transparencia de los partidos políticos abundan los llamados Datos Zombi. Documentos y cifras sin fecha de publicación o de última actualización. Esta ausencia de referencias temporales impide saber si la información refleja la realidad actual o si está desfasada. Para la ciudadanía, consultar estos datos es como mirar un mapa sin saber de cuándo es la foto. Puede ser obsoleta, pero no hay forma de saberlo.
Sin fechas de publicación y/o actualización, la Transparencia pierde sentido y se convierte en un mero escaparate estático, más pensado en cumplir con el trámite que en informar. Además, información desactualizada muestra una visión fraudulenta de la organización a la ciudadanía.
¿Y qué hay del Canal de Denuncias o Canal Ético?
En España, la obligatoriedad del Canal interno de Denuncias proviene de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que traspone la Directiva (UE) 2019/1937.
Los plazos límite que se fijan para contar con un Canal de Denuncias o Canal Ético operativo varían en función del tamaño de la organización. En el caso de los Partidos Políticos es obligatorio desde el 1 de diciembre de 2o23.
21 de febrero de 2023
Se publica en el BOE la Ley 2/2023, que establece las bases para la protección de las personas informantes y la creación de un canal interno de denuncias.
13 de junio de 2023
Entrada en vigor para organizaciones grandes. Las entidades con más de 250 trabajadores, así como las grandes administraciones públicas, deben tener su sistema interno de información (canal de denuncias) completamente operativo.
1 diciembre 2023
Fecha límite para que organizaciones privadas de 50 a 249 trabajadores, determinadas entidades del sector público, Partidos Políticos y Sindicatos.
A pesar de haber transcurrido casi dos años desde su obligatoriedad, todavía hay partidos que no han implementado este Sistema de Información Interno, como es el caso de el Partido Popular, Alternatiba o Izquierda Unida.
Otros han habilitado un simple formulario, como en el caso de SUMAR, que no cumple con la normativa vigente.
En el caso del PSOE o de Podemos, se ha habilitado un enlace al Canal de Denuncias en el pie de página, con un tamaño de letra ridículo que nos ha costado encontrar. Los propios partidos deberían ser los primeros interesados en que el acceso al Canal Ético fuera visible y fácilmente localizable. ¿Acaso no les interesa conocer presuntas irregularidades que se puedan dar en su seno?

Un breve repaso a la Metodología empleada
En Gardena hemos adaptado la metodología MESTA, metodología que sigue en sus evaluaciones de Transparencia en Consejo de Transparencia y Buen Gobierno a los Partidos Políticos. Para ello, hemos definido una serie de indicadores basándonos en las obligaciones de Transparencia que recogen tanto la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como la Ley Orgánica 6/2022 de Partidos Políticos.
Por cada un de estos indicadores, no sólo hemos evaluado si el contenido al que hace referencia está publicado o no. También hemos tenido en consideración otras cuestiones como las siguientes:
- Actualización: ¿se conoce la fecha de actualización del contenido? De ser así, ¿se ha actualizado recientemente? ¿y por qué evaluamos esto? Porque una formación puede tener las subvenciones recibidas publicadas pero sólo hasta el 2021, ¿deberíamos considerar la obligación cumplida? En Gardena entendemos que no.
- Accesibilidad: en este apartado, hemos evaluado la facilidad para encontrar determinada información publicada. Lo hemos medido por el número de clics que hay que hacer hasta dar con ella.
- Claridad: la Transparencia consiste en facilitar la rendición de cuentas a la ciudadanía y que ésta pueda ejercer su derecho a control. ¿Se publica la información de forma clara y entendible? ¿Se acompaña de explicaciones, gráficos, etc., que la hagan más comprensible a la ciudadanía?
- Estructurada: en línea con la claridad, ¿está la información estructurada o se publican los contenidos de forma aleatoria y sin seguir un criterio preestablecido?
- Reutilización: ¿se facilita la información en formato reutilizable? En este punto, nuestro criterio difiere significativamente del seguido por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo da porformato reutilizable un pdf que se pueda copiar (no imagen). Nosotros no. La normativa es clara y los formatos reutilizables están censados y son conocidos (JSON, csv, xlsx, etc.). Incluso los datos financieros tienen un estándar abierto de publicación, XBRL. Este atributo de las publicaciones sólo lo hemos tenido en cuenta en aquellos indicadores que tienen sentido.
Además, hemos valorado también el grado de cumplimiento de la Ley 2/2023 reguladora de la Protección de las Personas que informen sobre Infracciones Normativas y de Lucba contra la Corrupción. Y, concretamente, nos resultó interesante evaluar el cumplimiento del Canal de Denuncias o Canal Ético, canal obligatorio para este tipo de entidades.
Y también hemos querido tener en cuenta la relevancia que los Partidos dan a la Transparencia. ¿Cuentan con un Portal de Transparencia? ¿Es claramente visible en el menú o en una sección destacada de la web del partido o, por el contrario, el enlace se ubica al pie de página, en letra pequeña, junto con el Aviso Legal y la Política de Privacidad?
Y, una vez evaluados todos los puntos mencionados, construimos los Índices de Cumplimiento:
- Índice de Cumplimiento de Información Obligatoria (ICIO). Este índice nos indica el grado de cumplimiento con respecto a las obligaciones de publicación de información.
- Índice de Cumplimiento de Portal Web de Transparencia (IPWS). Este índice nos indica el grado de cumplimiento del Portal de Transparencia.
- Índice de Cumplimiento del Canal de Denuncias (ICSII). Este índice nos indica el grado de cumplimiento del Canal de Denuncias o Canal Ético.
Para terminar, también hemos evaluado la publicación de información voluntaria, es decir, aquellos contenidos que la Ley no obliga de forma expresa a publicar o buenas prácticas en materia de Transparencia.
Si necesitar ampliar información, no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de explicarte en detalle nuestra metodología y hacer cuantas aclaraciones consideres necesarias.
Nuestras Recomendaciones
Sólo la Transparencia genera Legitimidad. Además de revisar todos los incumplimientos en materia de Publicidad Activa, no estaría de más el rediseño de algunos portales para que sean más usables y ayuden a la ciudadnía a encontrar esa información que buscan.
Como buenas prácticas, deberían considerar el nombramiento de un Responsable de Transparencia, si no lo tienen ya y habilitar un canal para las ciudadanas y los ciudadanos puedan hacerles llegar sus peticiones de información. No sólo va de usar el término Transparencia en el discurso político, hay que empezar a aplicarlo en nuestra casa.
Reutilización
Elaborar este análisis nos ha llevado tiempo y esfuerzo y no lo hemos hecho por dinero, sino por aportar nuestro granito de arena en materia de Transparencia.
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